La Sociedad Venezolana de Cirugía (SVC) tiene entre sus objetivos fundamentales: “velar por el mantenimiento de un elevado nivel en la asistencia y enseñanza de la cirugía” (artículo 2, inciso “b” del Estatuto de la SVC) y “contribuir al adelanto de la cirugía nacional, estimulando la participación y prestando apoyo a las iniciativas oficiales o privadas que tengan esa finalidad, que requieran su concurso y que, a juicio de la SVC, lo necesiten (artículo 2, inciso “j”).
Con el fin de alcanzar dichos objetivos, la SVC por un lado desarrolla sus propias actividades científicas organizadas en congresos, jornadas, cursos, simposios, conferencias, talleres, etc; por lo tanto, puede además avalar o patrocinar, y otorgar el uso de su logotipo a las actividades surgidas de otras entidades, tanto públicas como privadas, cuyos programas y objetivos coincidan con aquellos que sean de interés para la SVC, nuestros asociados y el desarrollo de nuestra especialidad.
Por estas razones, la SVC está abierta a conceder los avales que le sean solicitados para actividades científicas que reúnan los requisitos necesarios para promover sus fines, siendo el único objetivo de dicha concesión acreditar el valor científico de la actividad.
SOLICITUD
Pueden solicitar el aval científico de la SVC todas aquellas personas u organizaciones que programen realizar un acto científico de interés para nuestra especialidad y deseen el apoyo de nuestra Sociedad. Las actividades que pueden ser avaladas son: a) actividades científicas desarrolladas por otras sociedades científicas; b) actividades científicas desarrolladas por casas comerciales de interés en cirugía; c) documentos de consenso; d) proyectos de investigación con financiamiento público o privado; e) publicaciones sobre el área de la cirugía general y f) cualquier otra actividad científica de interés para nuestra especialidad, tales como reuniones, jornadas, cursos, simposios, conferencias, talleres, etc.
La solicitud oficial, previa a cualquier utilización que pueda sugerir aval por parte de la SVC en afiches o cualquier medio de promoción, deberá recibirse en la sede de la SVC en un lapso límite de dos (2) meses antes de la fecha de inicio la actividad, para poder permitir la evaluación y aprobación por parte de la Junta Directiva de la SVC.
La información mínima requerida consistirá en : 1) título de la actividad; 2) fecha y sede; 3) organizadores y patrocinadores; 4) programa con las actividades, conferencias, responsables y expositores; 5) costos de la inscripción y, 6) respaldo del capítulo correspondiente de la SVC.
REQUISITOS
1. Carta del Comité Organizador del evento, dirigido a la Junta Directiva de la SVC, solicitando aval.
2. Anexar el Programa del Evento (curso, jornada o diplomado).
3. Los Certificados deben llevar la firma del Presidente de la Sede (si es en Caracas) o del Capítulo, sello y logo de la SVC.
4. Cancelación del equivalente a 2 inscripciones, que deben ser depositadas en BANPLUS Cta. Cte.
0174 0101 7010 1414 6680. Rif. J-00224523-9 enviar comprobante de pago al correo de la Sociedad o cancelar en la sede.
NORMATIVA
1. Cuando sea solicitado y aprobado por la Junta Directiva el aval para un evento científico por otra entidad, podrá ser usado el logotipo únicamente en los afiches, pancartas y programas de dicho evento.
2. Se hará divulgación del evento través de los instrumentos de la SVC.
3. Cuando sea solicitada la inclusión del logotipo de la SVC en el diploma a otorgarse a los asistentes, éste deberá ser firmado por el presidente, el secretario general, o cualquier otro miembro de la Junta Directiva de la SVC, en el cual se hubiese delegado su representación, conjuntamente con las autoridades propias del evento.
Parágrafo primero. El logotipo de la SVC no podrá ser usado en correspondencia escrita o por cualquier otro medio por aquellas sociedades, entidades asistenciales o médicas que soliciten el aval de la Sociedad para la realización de eventos científicos por ser propiedad intelectual de la SVC.
Parágrafo segundo. El Comité Organizador de la actividad se compromete a conceder a la SVC la exoneración de al menos dos (2) inscripciones al evento (o donar su equivalente a la Sociedad), las cuales serán otorgadas por la Junta Directiva de la SVC a los miembros de la Sociedad, a residentes de los post grados de cirugía general del país, o a quien, a su juicio sea merecedor de su asistencia.
DURACIÓN
La concesión del aval será únicamente para una edición de la actividad y, en el caso de acciones formativas, por un periodo de un año.
OTORGAMIENTO
La Junta Directiva de la SVC otorgará el aval a través de una comunicación oficial refrendada por el presidente y el secretario general, requisito indispensable.
Los organizadores deberán firmar el “documento de declaración de conformidad” en el que figuran las condiciones y términos del aval.